El Foro Económico Mundial en el año 2016 en Alemania, estableció que el mundo se encuentra en la Cuarta Revolución Industrial conocida también como la Industria 4.0, misma que representa una nueva fase en la organización y gestión de la cadena de valor a lo largo del ciclo de vida de los productos. Esta transformación se caracteriza por la integración de tecnologías avanzadas como el Internet de las Cosas (IoT), la inteligencia artificial (IA), la robótica avanzada, el big data, y la computación en la nube.
La INDUSTRIA 4.0 significa $us. 14,2 billones a la economía mundial en los próximos 15 años. Cambiará el mundo del empleo por completo y afectará a industrias en todo el planeta; el proceso de transformación sólo beneficiará a quienes sean capaces de innovar y adaptarse.
En el ámbito de una relación laboral, supone la implementación de las Tecnologías de la Información -TICs digitalización de las tecnologías de registro de contenidos (informática, de las comunicaciones, telemática y de las interfaces), el uso de las tecnologías, las redes de comunicación, el rápido desarrollo tecnológico y científico, y la globalización de la información.
Esta Industria 4.0 trajo consigo la implementación del TeleTrabajo y el Trabajo Hibrido, ya la pandemia de COVID-19 aceleró la adopción del trabajo remoto a nivel global, obligando a muchas empresas a adaptarse rápidamente a nuevas formas de operación. El Teletrabajo en sí, es una modalidad de relación Laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, utilizando las TIC, en la cual no se requiere la presencia física del trabajador o la trabajadora, y ya, con la vuelta a la normalidad luego de la pandemia, es más comuna el trabajo híbrido —una combinación de trabajo remoto y presencial— se ha consolidado como una modalidad laboral preferida tanto por empleados como por empleadores.
- Beneficios del Tele Trabajo y Trabajo Hibrido
El Teletrabajo permite realizar funciones laborales desde casa y el Trabajo Híbrido permite a los empleados alternar entre trabajar desde casa y desde la oficina; ambos otorgan muchos beneficios, entre los principales se destacan:
• Flexibilidad: Mayor equilibrio entre la vida personal y laboral.
• Productividad: Incremento de la eficiencia y rendimiento de los empleados.
• Costos Operativos: Reducción de gastos relacionados con el espacio físico y el mantenimiento de oficinas.
Estas modalidades de relación laboral, contribuye a generar empleo, conciliar la vida laboral, familiar y social e incorporar al mercado laboral a grupos vulnerables, como discapacitados, jóvenes, personas mayores y personas privadas de libertad.
Varios estudios demuestran que el 75 % de los teletrabajadores dice que trabajar externamente ha mejorado su conciliación laboral y personal. El 71 % de los teletrabajadores dice que está contento en su trabajo actual frente al 55 % de los empleados de oficina que dijo lo mismo. El 85 % de las empresas dice que la productividad ha aumentado como «resultado de una mayor flexibilidad, considerando que los trabajadores de oficina pasan de media 66 minutos al día hablando sobre temas no relacionados con el trabajo, mientras que los teletrabajadores no.
- Marco Legal del Tele Trabajo y Trabajo Hibrido en Bolivia
El Teletrabajo y el Trabajo híbrido debe alinearse con las leyes laborales vigentes mismas que son el Decreto Supremo No. 4218 del 14 de abril de 2020 y la Resolución Ministerial No. 220/20 del 24 de abril de 2020, de este cuerpo legal podemos detallar los siguientes aspectos claves:
a. Contratos Laborales
Es esencial revisar y, en su caso, modificar los contratos laborales para reflejar las nuevas condiciones de tele trabajo y trabajo híbrido. Esto incluye:
• Establecer por escrito las condiciones del teletrabajo y la jornada efectiva de trabajo.
• Determinar la disposición de los equipamientos y programas informáticos.
• Establecer responsabilidades, custodia de los elementos informáticos de trabajo y fijar el procedimiento de la devolución.
• Establecer medidas de seguridad informática, confidencialidad y seguridad de la información utilizada.
• Determinar el monto, forma, y periodo de pago de la remuneración acordada.
• Consensuar la dotación de equipos y gastos entre el Empleador y Teletrabajador.
• Establecer los mecanismos de control y supervisión de las labores.
• Especialmente para el Trabajo Hibrido, se deben establecer claramente y pro escrito en el contrato, las condiciones, causas o procedimientos para la reversión del teletrabajo, quiere decir cuando el trabajador o trabajadora retorna de manera física y cuando retorna al teletrabajo.
b. Salud y Seguridad en el Trabajo
Los empleadores tienen la obligación de afiliar a los trabajadores y trabajadoras bajo las modalidades teletrabajo e hibrido a la Seguridad Social a corto Plazo que son las Cajas de Salud y a la Seguridad Social a largo plazo que son los aportes a la jubilación, ante la Gestora Publica de la Seguridad Social a largo plazo.
c. Protección de Datos
El trabajo remoto aumenta los riesgos de seguridad de la información. Es crucial:
• Políticas de ciberseguridad: Implementar políticas robustas para proteger los datos sensibles.
• Formación: Capacitar a los empleados en prácticas seguras de manejo de información.
d. Derechos y Beneficios Laborales
Asegurarse de que los derechos y beneficios de los trabajadores no se vean comprometidos por el trabajo híbrido, incluyendo:
• Jornadas de trabajo: Respetar las normativas sobre horas de trabajo y descansos.
• Beneficios : Garantizar que los beneficios como aguinaldo, vacaciones, bono de antigüedad, subsidios, incremento salarial y pagos adicionales la ley determina.
e. Equidad y Trato Justo
Es fundamental evitar la discriminación entre trabajadores remotos y presenciales. Los empleadores deben asegurar que todos los empleados tengan igual acceso a oportunidades de desarrollo y promoción, y mantener una comunicación clara y transparente sobre las políticas y expectativas dentro de la relación laboral.