¿Qué es el Aguinaldo de Navidad?
Es una remuneración anual que retribuye el esfuerzo de trabajo realizado durante un mínimo de 3 meses continuos o todo el año por una trabajadora o trabajador, esta remuneración está destinada en el mes de diciembre y con la finalidad de contar con dinero disponible para los gastos de navidad y fin de año.
A su vez, el aguinaldo de Navidad es un derecho laboral obligatorio para todos los trabajadores dependientes, tanto del sector público como privado. Este derecho laboral se paga en dinero hasta el día 20 de diciembre de cada año.
¿Qué normativa lo regula?
Esta regulado por los artículos 48. I y 49.II de la Constitución Política del Estado, Ley de 18 de diciembre de 1944 y sus modificaciones mediante la Resolución Ministerial N° 712/03 de 20 noviembre de 2003 (Instructivo Permanente para el Pago de Aguinaldos de Navidad) y específicamente para esta gestión 2024 por el Instructivo DGTHSO N° 088/2024 Pago del Aguinaldo de Navidad gestión 2024 emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
¿Quiénes deben recibirlo?
Son beneficiarios del pago del Aguinaldo de Navidad todas las trabajadoras y trabajadores que presten servicios por cuenta ajena, bajo condiciones de subordinación y dependencia, que perciban remuneración en cualquiera de sus modalidades y cualquiera sea la modalidad de trabajo, sin exclusión alguna con la única consideración, que las trabajadoras y trabajadores hubiesen trabajado por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida (incluyendo contrataciones hasta el 01 de octubre 2024) y obreros un mes calendario en la presente gestión 2024, ya sea mediante contrato a plazo fijo, indefinido, por proyecto, por obra, teletrabajo, pago por día, pago semanal, pago por quince, a destajo, por comisiones o cualquier otra condición establecida.
Aclara que si la trabajadora o trabajador en el sector privado tiene contrato verbal igual recibe el Aguinaldo, así también aquellos trabajadores del sector privado que tenga un contrato de prestación de servicio y/o civil igual deben recibir aguinaldo ya que estos contratos no surten efecto en materia laboral.
¿Quiénes lo pagan?
Toda institución, empresa pública, privada, comercial, industrial, de servicios y de cualquier otra actividad o negocio con o sin fines de lucro, cuyos trabajadores se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, deberán pagar a sus trabajadoras y trabajadores el Aguinaldo de Navidad.
¿A cuánto equivale en dinero el aguinaldo de navidad?
La base de cálculo para el pago del Aguinaldo de Navidad para las trabajadoras y trabajadores, será el promedio del total ganado de los últimos tres meses anteriores al pago del aguinaldo o los tres meses anteriores a la extinción de la relación laboral. En caso de los obreros que hubieran trabajado un mes calendario durante la gestión, la base de cálculo se hará en virtud a la remuneración correspondiente a ese mes. Para tal efecto, se entiende por salario o sueldo, a la remuneración total que percibe la trabajadora o el trabajador sin ningún tipo de descuento (total ganado). Del monto de aguinaldo no se descuentan aportes para la jubilación, así como no se descuentan pagos por RC-IVA.
Ejemplos:
• Si estoy trabajando desde el 01 de enero 2024 y voy a trabajar continuo hasta el 31 de diciembre de 2024 y recibo de salario un monto fijo de bs. 3 500 mi aguinaldo equivale a un salario completo de bs. 2 500 sin ningún tipo de descuento.
Aguinaldo = Salario= 3 500 bs.
• Si estoy trabajando desde 01 de enero 2024 y voy a trabajar continuo hasta el 31 de diciembre de 2024 y recibo de salario un monto variable, mi aguinaldo equivale al promedio de los tres últimos salarios recibidos, vale decir de septiembre, octubre y noviembre 2024.
Salario Septiembre = bs. 2 800
Salario Octubre = bs. 2 920
Salario Noviembre = bs. 3 005
Se suman los tres y se promedia = (2 800 + 2 920 + 3005) / 3
Aguinaldo = 2 908, 35 bs.
• Si renuncie o me despidieron antes del 20 de diciembre, pero trabaje 6 meses completos en el año 2024, recibo el aguinaldo en duodécimas, que se calcula de esta manera.
Aguinaldo = (salario/12) *meses trabajados
Aguinaldo = (3 500/12) * 6
Aguinaldo = 1 750 bs.
¿Quiénes no reciben aguinaldo?
No reciben aguinaldo aquellos trabajadores que hayan sido contratados el 02 de octubre de 2024, quienes no hayan cumplido 3 meses de trabajo en el año 2024 y los consultores por producto o en línea contratados en el sector público.
¿Qué pasa si no paga el aguinaldo de navidad hasta el 20 de diciembre?
El trabajador o la Trabajadora debe ir a realizar su denuncia al Ministerio de Trabajo pasado el 20 de diciembre y el Ministerio de Trabajo conminara a su empleador a que pague el doble del monto económico.
De igual manera los Empleadores hasta el 30 de diciembre de 2024 deberán presentar al Ministerio de Trabajo la planilla de pago de aguinaldo 2024 de todos sus trabajadores, bajo pena de sanciones económicas.