El SIN emitió Resoluciones para prorrogar los plazos de envío de información tributaria por contribuyentes que realizan la actividad de la construcción de bienes inmuebles y de servicio de Hotelería u Hospedaje, y garantizó transparencia en casos de medios con deuda tributaria.
En una reunión efectuada con la ministra de Comunicación, Roxana Lizárraga, el presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Nava Morales, garantizó transparencia en el seguimiento de casos de medios de comunicación con deuda tributaria y aseguró que la Administración Tributaria no busca el cierre de fuentes de empleo en el sector.
En el encuentro, la Ministra compartió con Nava Morales la inquietud de representantes laborales de ATB, PAT, Abya Yala, La Razón y Full TV, expresada en otro momento, acerca de la deuda tributaria de esos medios con el SIN.
Por su parte, el Presidente de la Administración Tributaria consideró que dicha deuda creció porque los directivos de esos medios de comunicación incumplieron el pago de impuestos por varios años.
Dejó en claro, además, que la Administración Tributaria no hostiga a ningún medio de comunicación y tampoco busca el cierre de fuentes de empleo, sino que en esta nueva gestión de gobierno trabaja para transparentar la información sobre esas y otras deudas tributarias. Reiteró que desde que asumió la presidencia interina del SIN, en noviembre pasado, la institución aplica la política de puertas abiertas para precisamente transparentar la recaudación de impuestos y escuchar a los contribuyentes, con el objetivo de mejorar el relacionamiento mutuo.
Construcción y Hotelería
Por otro lado, y como resultado de un análisis técnico de la Administración Tributaria sobre normas administrativas emitidas en el gobierno anterior, que pudieron provocar disconformidad en sectores puntuales de contribuyentes, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió Resoluciones Normativas para prorrogar los plazos de envío de información tributaria por contribuyentes que realizan la actividad de la construcción de bienes inmuebles y de servicio de Hotelería u Hospedaje, respectivamente.
Nava explicó que las dos RND antes mencionadas “establecen prórrogas sustantivas en la vigencia y aplicación de obligaciones tributarias formales, con la finalidad de conformar mesas de trabajo con los sectores involucrados”.
“La Administración Tributaria —puntualizó Nava Morales— quiere consensuar acuerdos en el marco de la realidad económica y jurídica del país, establecer las condiciones mínimas para la aplicación de las disposiciones normativas antes señaladas y, por ende, consolidar la seguridad jurídica de los contribuyentes”.
La RND Nº 102000000001, de 3 de enero de 2020, prorroga hasta el 31 de julio de 2020 el plazo para el envío de información tributaria por contribuyentes que realizan la actividad de la construcción de bienes inmuebles, con vencimiento en los meses de marzo a diciembre de 2019 y de enero a junio de 2020.
Estos contribuyentes debían enviar dicha información hasta el 28 de febrero de 2020.
Mientras que la RND Nº 102000000002, de 3 de enero de 2019, prorroga hasta el 29 de mayo de 2020 el plazo para el envío de la información con vencimiento al último día hábil de marzo de 2020 por contribuyentes de servicios de Hotelería u Hospedaje.