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David Villarreal

David Villarreal

Especialista en Seguridad social. Socio fundador y CEO de Planifica Consultores

Inversiones del Sistema de Pensiones: Transparencia, independencia e imparcialidad, dejan mucho que desear

El pasado viernes 7 de junio nos enteramos que la Gestora Pública hizo dos inversiones en el extranjero: una por 200 millones de dólares en bonos soberanos que emitió el Banco Central de Bolivia a una tasa del 6,5%, y otra por 50 millones de dólares en bonos del Tesoro de Estados Unidos a una tasa del 4,6%.
Para lo cual la Autoridad de Fiscalización de Pensiones y Seguros (APS) emitió el 10 de mayo pasado la Resolución Administrativa 523/2024, que modifica el Artículo 6 del anexo de la Resolución Administrativa APS/DJ/UI/ N° 464/2017 del 19 de abril de 2017, referido a las inversiones en el extranjero, autorizando de esta manera que la Gestora Pública pueda hacer dichas inversiones.
Sin embargo, antes de que nos enteremos de todo esto, el presidente del Banco Central de Bolivia comunicó que se superó la meta propuesta de $us. 100 millones, lo que demuestra claramente la confianza que tienen las personas naturales y jurídicas en el Ente Emisor. Esta declaración quedó como una falta a la verdad, ya que el 77% de los 258 millones de dólares fue invertido por la Gestora Pública, de lo cual con toda seguridad ya tenían conocimiento anticipado tanto el BCB, como el Ministerio de Economía y Finanzas, la APS y la Gestora Pública.
Pero faltaba algo más, y es que la Gestora Pública también decidió invertir en bonos del TGN por un monto de Bs. 1.715 millones de bolivianos (con mantenimiento de valor respecto al dólar) a una tasa del 12,8% que por cierto es exageradamente elevada. Ahora bien, la pregunta del millón ¿La Gestora Pública necesitaba alguna autorización para invertir en estos bonos del TGN, tal como ocurrió con los 250 millones de dólares invertidos en el extranjero, para lo cual la APS tuvo que modificar el Artículo 6 del anexo de la Resolución Administrativa APS/DJ/UI/ N° 464/2017 del 19 de abril de 2017?
La respuesta es NO, porque el artículo 142 de la Ley de Pensiones 065 que se refiere a los Límites de Inversión, textualmente indica lo siguiente:
“Artículo 142. (LIMITES DE INVERSIÓN). Las inversiones del Fondo de Ahorro Previsional efectuadas por la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo estarán sujetas a límites por tipo genérico de instrumento, a límites por emisor, límites por calificación de riesgo y otros de acuerdo a reglamento.
Los Valores emitidos por el Tesoro General de la Nación o el Banco Central de Bolivia no estarán sujetos a los límites establecidos en la presente Ley y sus reglamentos.”
Como podrán ver el segundo párrafo del Artículo 142 de la Ley de Pensiones 065, le da la potestad a la Gestora Pública para que pueda invertir, SIN LÍMITE, en valores del BCB y del TGN, situación que desde el 2011 alerté y propuse modificar este segundo párrafo con la finalidad de poner límites de inversión, ya que de no hacerlo se está permitiendo al gobierno de turno (independientemente del partido que sea) tener acceso a lo que denominé la gran caja chica.
Sólo tuvo que pasar un año desde que la Gestora Pública se hizo cargo de la administración total del Sistema Integral de Pensiones, para que todo esto vaya sucediendo, y es porque lastimosamente son juez y parte, ya que tanto la APS como la Gestora Pública están bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas, y el BCB es parte del estado, por lo que es fácil deducir porque pasa lo que pasa.
Siempre estuve, y seguiré estando, a favor de que la administración del fondo

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